domingo, julio 15, 2018

¿Y si resultara que no estaba equivocado?



El Tribunal Supremo se encuentra en una encrucijada de cuya resolución, acertada o fallida, va a depender en gran parte el afianzamiento o no de la poca credibilidad que los ciudadanos otorgan en estos tiempos a la Justicia.

En el más que controvertido caso del proceso independentista de Cataluña, en lo que a la parte judicializada se refiere, la justicia internacional ha dado ya dos importantes varapalos al Alto Tribunal español. El uno al considerar el tribunal de Bruselas, que la euroorden que se emitió para requerir la extradición de los consellers  fugados Toni Comín, Lluís Puig y Mertixell Serret, tenía tan graves defectos formales que la hacían inoperativa (mayo de este mismo año). El otro, de esta semana, al considerar el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein que es inaplicable el delito de rebelión a las conductas que se reprochan a Carles Puigdemont.

Dice el tribunal alemán que si el Supremo quiere a Puigdemont, que se lo manda, pero que solo por el delito (sensiblemente menor) de malversación de dinero público.

¿Y ahora?

20180715_002535.jpgDe aceptarse por el Supremo la extradición del expresidente por tal delito, de una parte tendría que quedar inmediatamente en libertad (no cabría aplicar prisión preventiva por la mera malversación salvo por estimarse el riesgo de fuga) y, de otra, estaría ganado de facto su recurso contra la inhabilitación que se ha producido sobre él y el resto de los procesados independentistas, para el ejercicio de cargo público (tampoco cabría aplicarse antes de dictar sentencia firme por el delito en cuestión). estaría, pues, en disposición de hacer valer los derechos de su condición de parlamentario. Seguramente de inmediato, sería el nuevo president de la Generalitat aclamado por las multitudes.
El resto de los procesados, vicepresident, consellers, jefes de asociaciones, continuarían en prisión preventiva hasta la culminación de su proceso penal, en espera de una sentencia que, de resultar probada la rebelión que se pretende, podría oscilar entre los quince y los veinte años de prisión.

Nos encontraríamos ante dos situaciones absolutamente dispares: la de los que dieron la cara y cumplieron con la justicia española acudiendo a sus citaciones (que las van a pasar putas), frente a la de los que se dieron a la fuga, acudiendo al amparo de la justicia internacional, que verán su situación procesal amplísimamente atenuada gracias al criterio de tribunales extranjeros.

Mal.

La otra opción, renunciar a la ejecución de la euroorden y, de suyo, a la entrega de Puigdemont a las autoridades españolas, parece aún más peregrina. Se acusaría al Tribunal Supremo de huir de la razón jurídica en busca del tactismo, por tal de no dar su brazo a torcer y persistir en la persecución del expresident por un delito que, al parecer, nadie más en Europa considera que haya cometido.

Esta segunda opción tiene un desenlace todavía más incierto. No podremos saber en qué momento se darían qué circunstancias para que la euroorden volviera a activarse en las condiciones que convengan a la justicia española… Tendríamos realmente un Consejo de la República Catalana con sede en algún país de Europa, sin recursos legales para impedirlo y presidido por un señor fugado de España, al que solo en España se considera reo de rebelión. Y presos con largas condenas al resto de sus compañeros de algarada.

Sin ánimo de intentar saber más que los magistrados que han tipificado la conducta, siempre se ha mantenido desde esta página la opinión de que era más que discutible hablar de rebelión sin que se hubiera producido la violencia que este delito exige para considerar que se comete, así como la de que los políticos que se encuentran en prisión preventiva nunca debieron estarlo. Un buen amigo comentaba en la entrada de 25 de marzo sobre este mismo asunto: “De hecho ha tenido que hacer malabares circenses para justificar su imputación que nadie en Europa cree.”

Esta opinión se ve ahora reflejada  en la decisión del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein que básicamente afirma que “un grado de violencia según lo prescrito en la regulación de la alta traición no fue alcanzado en los enfrentamientos en España”. También descarta el tribunal alemán la responsabilidad penal de Puigdemont por perturbación del orden público, porque él, afirma, sólo implementó el referéndum y “no fue líder espiritual de la violencia”.

Así que, a lo mejor, Carles Puigdemont no estaba tan equivocado al poner su situación procesal en manos de tribunales extranjeros, desconfiando de esa persecución de la que acusa a los de aquí.

Tiene la palabra el Tribunal Supremo. Y en mi modesta opinión, se la juega.
El dibujo es de mi hermana Maripepa.

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