domingo, febrero 11, 2018

La cara de Dios y las piernas del apóstol

Poseer un sentimiento tutelado por la justicia debe ser muy hermoso. Que jueces y fiscales, secretarios, ujieres y administrativos estén pendientes de que no se ofendan las intimidades de uno, debe dar una sensación agradable. Aún más si es gratis, claro.

Parece más difícil que toda esta legión de servidores públicos posean en su fuero interno, cada uno, la verdadera imagen de todos los dioses y, aún más, la coincidencia de que ninguna de ellas se parezca a la que el aceitunero de Jaén eligió para representar al que impera por aquí: la suya propia. Pero bien pudiera ser que el Dios de los cristianos se pareciera más al amante en el que dicen que Miguel Ángel se inspiró para esculpirlo, que al tal Daniel Christian, que se ha llevado un multazo de 480 por atrevido. El fiscal pedía más: 2.160 euros de multa y una responsabilidad civil subsidiaria de 180 días de privación de libertad en caso de impago. Insensato aquél que pretenda que Dios se parece a él y no él a Dios, aunque este razonamiento nos conduciría al absurdo ya que el hombre (como concepto global, no sé si la mujer también) se parece a Dios al estar hecho según cuentan a imagen y semejanza suya y, por ende, como algo que se parece a algo ha de ser esencialmente parecido a aquello que se le parece, Dios se debe asemejar un poco a Daniel Christian. Ello salvo criterio mejor  fundado en Derecho.

20180210_210655.jpgLa Hermandad de la Amargura (¡qué amargura!) presentó una denuncia ante los tribunales al ver en la cara de Dios la del aceitunero, ellos seguros de que Dios no debía, en absoluto, parecerse a tan poco agraciado muchacho. Estos de la Amargura deben ser los dueños legítimos del aspecto de Dios. Y los tribunales, uno en concreto, lo piensa también. Total: confesión de culpabilidad aconsejado por su abogado para evitar males mayores y 480 de multa.

Algo muy parecido sucede con las piernas de los apóstoles. En este caso el patrón puede ser otro porque las piernas deben tener en común más características que los rostros y, además, la Hermandad de la Amargura (¡qué amargura!) todavía no ha tomado cartas en el asunto ni, en este caso, la Justicia.

Las piernas de los apóstoles hay que pintarlas con otro respeto, no así por las buenas. Las piernas de los apóstoles, según es sabido, no han de resultar apetecibles a la feligresía. Se sabe que los apóstoles tenían piernas. Cada uno dos, pues no se conoce de ninguno con amputaciones tan notables, pero es altamente dudosa la existencia de sus muslos. O quizás no. Por el común conocimiento de tan elevadas cuestiones, se llega a determinar que a quienes únicamente les faltan cosas es a los ángeles (de tronos y querubines no está dicho), pero esto son dignidades celestiales que nada tienen que ver con la condición terrenal de los apóstoles. Esta afirmación nos podría llevar a concluir que los apóstoles sí deberían tener muslos. Aunque así fuera, aunque conviniésemos en que los apóstoles estuvieran dotados de “sobrepiernas”, es cosa bien distinta que fueran muslos sensuales, tersos, torneados de tal suerte que llegaran a ser apetecidos por quien contemplase la pintura que los representa. No. Eso no. No.

El cura de La Membrilla (capital del melón según se dice en La Mancha, y tal como quedará demostrado en las siguientes líneas), celoso vigilante de la pureza de su grey, merecedor sin duda de un lugar destacado en la junta directiva de la Hermandad de la Amargura (¡qué amargura!), lo vio claro. Y tal inquietud, desolación y arrobo le produjeron las piernas del santo, según la representación de Antonio Ximénez, que las tuvo que esconder. Cabe contemplar aquí el renombre del autor,  el pintor local que donó el cuadro, un tipo que expuso con Pablo Picasso por resumir en este detalle el hecho de que no hablamos de la tal Celia Giménez que repintó (sin resultar ella penada) el tristemente célebre Ecce Homo de Borja hasta hacerlo parecer talmente un primate.

Pero Dios es generoso y nos salva todos los días. A veces con la ayuda de los tribunales de Justicia. A veces, solamente, con la intercesión de los ministros de su Iglesia. Menos mal.
Lástima que en una democracia avanzada como esta de la que los españoles nos beneficiamos sin darnos mucha cuenta, no esté penada también la ofensa a los sentimientos laicos. A los ateos ya nos gustaría que resultaran penados también "los que, para ofender los sentimientos de las personas normales, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de la lógica, de la ciencia, de las libertades, del sentido común, o vejen, también públicamente (*), a quienes los defienden, luchan por ellos o los practican.

(*) En cursiva, expresiones literales del artículo 525 del Código Penal, que solo alcanza a establecer que “Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.” 
El dibujo es de mi hermana Maripepa.

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